Blanco espera que el Ministerio no se oponga y no desecha novedosas autorizaciones, si bien por el momento sigue el máximo de diez ejemplares
SANTANDER, 1 Ago.
El Gobierno de Cantabria espera que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) remita esta semana el informe "preceptivo" que deje comenzar ahora las extracciones del lobo previstas en las resoluciones dictadas por el Ejecutivo regional, con un máximo de diez ejemplares en tres zonas de Cantabria.
Cantabria espera que el Ministerio no se oponga a estas extracciones cuando, según comprende el Ejecutivo regional, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), "avalara" estas resoluciones de extracción de lobos al desechar la medida cautelar pedida por una asociación que solicitaba dejarlas en suspenso las resoluciones.
A cuestiones de los medios, el asesor de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco (PRC), anunció que este lunes desde su departamento se ha remitido una exclusiva petición al Ministerio a fin de que lo realice, en el momento en que el 28 de julio se aprobase --si bien con el voto de Cantabria y de otras comunidades 'loberas'-- la Estrategia Nacional del Lobo.
Blanco explicó que desde el Ministerio se había movido en peticiones anteriores de Cantabria la necesidad de aguardar a la aprobación de la Estrategia, fundamentada en la inclusión del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), para pronunciarse sobre estas resoluciones.
Por ello, en el momento en que esa Estrategia, con la que Cantabria no está en concordancia y esperando de que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre la inclusión del lobo en el LESPRE, ahora está aprobada, la red social autónoma ha solicitado al Ministerio que remita ahora ese informe "preceptivo" que acredita el trámite para lograr comenzar las extracciones.
Dichas resoluciones del Gobierno de Cantabria fueron publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el miércoles 15 de junio y, en ellas, se autorizaba el control del lobo en tres zonas de la red social, que entienden los ayuntamientos de Polaciones, Tudanca, la Hermandad de Campoo de Suso, Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y en la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga, que eran las que estaban tolerando, según el Ejecutivo, mucho más asaltos.
Concretamente en tales resoluciones se autorizaba a la extracción un máximo de diez lobos: 2 en los ayuntamientos de Polaciones, Tudanca, su ambiente y región limítrofe con la mancomunidad; 4 en la Hermandad de Campoo de Suso, y otros 4 ejemplares en Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y la mancomunidad de Campoo-Cabuérniga.
Blanco "espera" que el Ministerio no se oponga a estas extracciones, a su juicio "avaladas" por el TSJC y "no dificulte mucho más la necesidad" de hacer exactamente las mismas.
Según ha insistido el asesor, son "extracciones puntuales", fabricadas "con cirugía" y señalando ejemplares "ciertos" de manadas específicas.
Además, y si bien "en un inicio" Cantabria se ajustará a las extracciones destacadas de diez ejemplares, el asesor indicó que "va a haber mucho más pretensiones" de ellas en sitios que "se precisen" ya que, según dijo, "son muchas" las ubicaciones con asaltos.
Blanco ha insistido que estas extracciones puntuales del lobo "no influyen" en la pervivencia de la clase.
El asesor hizo estas afirmaciones antes de formar parte en un acercamiento con representantes del campo ganadero para presentarles la novedosa Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, popularmente conocida como ley del suelo.
El pasado viernes, 29 de julio, se dio a saber que el TSJC había desechado la medida cautelar pedida por la Asociación para la Conservación del Lobo Ibérico de dejar en suspenso las resoluciones dictadas en el mes de junio por el Gobierno de Cantabria que autorizaban estos controles del lobo.
Sin embargo, desde el TSJC, se aclaraba que la Sala se había con limite a solucionar el hecho cautelar pero no ha entrado a apreciar la legalidad de las citadas resoluciones, sobre la que, según ha dicho, se pronunciará mucho más adelante.
La Sala explicaba que decidía no suspender las resoluciones, puesto que en ellas se supeditan las probables batidas a que se generen nuevos daños, a que los agentes del Medio Natural los certifiquen y a que se dicten resoluciones concretas para esto, resoluciones que --señalaba-- podían ser objeto de un nuevo recurso contencioso-administrativo y de una exclusiva solicitud de medida cautelar.
De este modo, el tribunal comprendía que, por consiguiente, no concurría el requisito de riesgo en la mora, o sea, que no existe riesgo de que si no se suspendían de forma cautelar las citadas resoluciones el recurso contencioso-administrativo anunciado por la Asociación pierda su objeto, puesto que de la resolución impugnada no se deriva la inminente extracción de los lobos.
No obstante, la resolución de la Sala contó con el voto especial del presidente de la Sala, el magistrado Rafael Losada, para quien las resoluciones sí tienen que quedar en suspenso al estimar que en ellas se habían "omitido" los requisitos de la Orden Ministerial que incluye al lobo en el LESPRE, lo que, a su juicio, venía a "corroborar que la resolución de control mortal ahora fué tomada".
"Se trasluce una resuelta resolución de sacrificar indiscriminadamente ejemplares de lobo ibérico, cuyo valor medioambiental es prevalente y su primacía fué conocida por el Tribunal Constitucional", defendía.
Sin embargo, para la mayor parte de la Sala, las resoluciones del 13 de junio "no habilitan por sí mismas la caza del lobo, sino a tal fin es requisito un acto administrativo posterior cuyo presupuesto ineludible es la producción de nuevos asaltos del lobo".
Precisaban que todas las resoluciones "se nombran
autorización, pero no poseen una habilitación directa de estas acciones" pues "exactamente la misma queda remitida a una resolución posterior a dictar de manera expresa en el momento en que y solo si se generan nuevos asaltos del lobo".