Crónica Cantabria.

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Cantabria establece nuevos períodos de veda para la marisquería esta temporada.

Cantabria establece nuevos períodos de veda para la marisquería esta temporada.

El Gobierno de Cantabria ha dado a conocer la orden regulatoria para la temporada de pesca 2024-2025, la cual también abarca tallas mínimas y zonas permitidas para la actividad pesquera.

SANTANDER, 22 Abr. - El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este lunes la orden emitida por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, la cual establece las vedas, tallas mínimas y normativas para la recolección de mariscos y otras especies comerciales en la región durante la próxima temporada.

La Dirección General de Pesca y Alimentación ha determinado un periodo de veda con el objetivo de lograr un óptimo rendimiento en la explotación de los recursos pesqueros y regular la actividad marisquera en los bancos naturales de moluscos, así como la extracción de mariscos en general en el territorio de Cantabria.

Tras evaluar estudios científico-técnicos sobre los recursos marinos y el estado de las zonas de producción de moluscos, la Consejería ha establecido normas para el desarrollo de la actividad pesquera que afecta a varias especies marinas.

A partir de la entrada en vigor de la orden y hasta la publicación de una nueva normativa, se determinan los periodos de veda para moluscos, crustáceos, equinodermos y otros invertebrados marinos, tanto para la pesca a pie como para la realizada desde embarcaciones.

En la orden se detallan las especies permitidas y sus tallas mínimas, e aquellas no mencionadas permanecerán en veda mientras la orden esté vigente. Además, se describen las zonas aptas y prohibidas para la pesca de distintos recursos marisqueros.

Se establecen zonas libres de veda para el marisqueo profesional y la recolección de cebo con licencias de pesca marítima de recreo.

Según la orden, la extracción de almejas en los estuarios de Mogro y San Vicente de la Barquera continuará vedada, mientras que para el percebe se establecen zonas abiertas, vedadas y de conservación durante la vigencia de la orden.

Además, se señalan zonas protegidas del marisqueo, horarios de descanso obligatorios, inspecciones reglamentarias, censos, parques, autorizaciones y utensilios permitidos para la actividad pesquera.

En la Bahía de Santander y la Bahía de Santoña se definen zonas libres de veda para la temporada, al igual que en la Ría de San Vicente y en las áreas destinadas al marisqueo de percebe en distintas zonas de la región.