• martes 21 de marzo del 2023

El recurso de la sentenciada por el 'cráneo de Castro' se aborda el martes en el TSJC

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SANTANDER, diez Mar.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) tiene pensado festejar este martes, 14 de marzo, desde las diez.00 horas, la visión para emprender el recurso de apelación de la sentenciada por decapitar a su novio en Castro Urdiales.

La Audiencia Provincial impuso el pasado diciembre a la acusada, Carmen Merino, 15 años de prisión por un delito de homicidio, por la desaparición de su pareja, Jesús María Baranda, cuyo cráneo apareció en 2019 en un bulto que ella entregó meses antes a una amiga suya a fin de que se lo guardara en su casa, aduciendo que ocultaba juguetes eróticos.

En la visión del próximo martes, la defensa expondrá sus razonamientos para intentar conseguir una sentencia absolutoria, al tiempo que la fiscalía y la acusación especial notificarán sobre exactamente los mismos.

Entre las causas que se dan a conocer en el recurso de apelación planteado, está la vulneración del derecho primordial a la presunción de inocencia, en tanto que, a juicio de su defensa, "se da una sepa total de prueba de cargo que deje asegurar que la causa de la desaparición del hombre fuera beligerante y no natural o accidental".

Añade que no se pudo saber la causa de la desaparición ni tampoco la etiología médico-legal de exactamente la misma.

Como segundo fundamento, razona que corresponde dictar una sentencia
absolutoria pues, a su juicio, se han vulnerado los derechos
escenciales a la tutela judicial eficaz y a un desarrollo con todas y cada una de las garantías.

Y ello pues cree que la sentencia recopila como hechos probados
"elementos fácticos que no aparecen ni fueron declarados probados en el veredicto por el jurado".

El tercero de las causas que figura en el recurso es la vulneración del derecho a la presunción de inocencia por el hecho de que "se da una sepa total de prueba de cargo que deje asegurar que la acusada 'participó como autora' en la desaparición" de su pareja.

Finalmente, la defensa expone que, de no atenderse a los precedentes fundamentos, se comprenda que se ha aplicado inapropiadamente la autoría, en tanto que habría que estimar la participación de la mujer como cómplice, no como autora directa.

En esta situación, de no considerarse el resto de fundamentos que darían rincón a una sentencia absolutoria, el letrado de la mujer pide que se la condene como cómplice del delito de homicidio.

En los 2 primeros casos el TSJC absolvería, en el tercero reduciría la pena a diez años en relación a los 15 recientes, que encajan con la pena pedida tras el veredicto por Fiscalía y acusación especial, y que de ahí que exactamente no apelaron frente al TSJC.

Carmen Merino fue detenida tras el macabro descubrimiento y juzgada en el mes de noviembre de 2022 por un jurado habitual, que la consideró culpable de homicidio con la agravante de vínculo, pero no de asesinato (como interesaban el fiscal y la acusación especial, ejercida por los hijos del fallecido, y que demandaban 25 años de prisión y prisión persistente revisable, respectivamente).

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