Crónica Cantabria.

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declara a una mujer con síndrome postcovid incapaz total.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declara a una mujer con síndrome postcovid incapaz total.

En un reciente fallo, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a una mujer diagnosticada con síndrome postcovid, reconociéndole un grado absoluto de incapacidad que le otorga el derecho a percibir el 100% de su base reguladora, es decir, 1.231,59 euros desde que cesó su actividad laboral.

Este fallo, que anula una resolución anterior del Juzgado de lo Social número 3 de Santander, donde se le había otorgado únicamente un grado de incapacidad permanente total para su trabajo como administrativa, marca un precedente significativo en el ámbito de las decisiones judiciales sobre los efectos del postcovid.

El alto tribunal ha considerado que el estado de salud de la demandante no se limita solo a afectar su desempeño como administrativa, sino que le impide realizar cualquier actividad laboral remunerada. Esto se debe a que las secuelas que presenta son, al menos en el contexto actual, previsiblemente definitivas y tienden a ser crónicas, teniendo en cuenta el tiempo que ha pasado desde su diagnóstico.

La mujer enfrenta graves síntomas del síndrome postcovid, que incluyen dificultades respiratorias, taquicardia, fibromialgia, fatiga extrema, trastornos cognitivos leves y un componente ansioso-depresivo. Los magistrados argumentan que este conjunto de afecciones justifica el reconocimiento de su incapacidad permanente en grado absoluto.

La sentencia destaca que la condición de la demandante es tal que le impide llevar a cabo cualquier tipo de trabajo, incluso aquellos که podrían considerarse simples o sedentarios. En la actualidad, se encuentra en una situación que la incapacita por completo para el ejercicio de cualquier profesión.

Los magistrados del TSJC señalan que el enfoque de los tribunales sobre las secuelas del covid ha sido variado, con diferentes decisiones sobre el reconocimiento de las incapacidades, en función de la gravedad de cada caso. Esta diversidad de dictámenes indica que la evaluación de las dolencias debe hacerse de forma individualizada.

El tribunal ha decidido, en este caso específico, que el grado de afectación de la mujer justifica su declaración de incapacidad permanente, puesto que sus problemas de salud le inhabilitan para desempeñar cualquier labor de manera efectiva, lo que implica que no puede cumplir con un mínimo estándar de profesionalidad o rendimiento.

Finalmente, la Sala ha desestimado el recurso de suplicación presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, mientras que ha dado validez al recurso de la mujer, revocando así la anterior sentencia y abriendo la puerta a un posible recurso ante el Tribunal Supremo.