El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha anulado la tasa que cobra el Ayuntamiento de Santander por el traspaso de licencias de taxi, del 10 por ciento del importe de estas operaciones.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha resuelto esta cuestión en una sentencia, donde desestima el recurso de apelación del Consistorio contra una decisión previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la ciudad. Este fallo ya había declarado nulo y expulsado del ordenamiento jurídico el artículo 13.2 del Reglamento del Servicio de Autotaxi en Santander.
Según la sentencia, la tasa cobrada por el Ayuntamiento en la transmisión de una licencia de taxi es considerada nula y contraria a derecho. El 10% que se cobra se entiende como una prestación patrimonial no tributaria, pero el Tribunal considera que no se puede establecer un porcentaje en concepto de derecho de traspaso de las licencias del taxi.
El criterio defendido por la Federación Cántabra del Taxi ha sido ratificado por el TSJC. Además, la sentencia determina que la cuota debe ser proporcional al coste real o previsible del servicio o actividad, o al valor de la prestación recibida.
De esta forma, según destaca la Federación Cántabra del Taxi, se abre la puerta a la reclamación de todas las autoliquidaciones realizadas en los cuatro ejercicios no prescritos.