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Sociedad 13 de Mayo de 2026 · 12:32h 3 min de lectura

El TSJC refuerza la negociación en la adaptación de jornada laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha revocado una sentencia previa que reconocía a una gerocultora el derecho a reducir su jornada sin proceso de negociación. La decisión se basa en que el derecho a la adaptación de jornada, establecido en el Estatuto de los Trabajadores, requiere un proceso negociador previo entre empleador y trabajador.

El caso se centra en una empleada de una residencia de ancianos que solicitó reducir una hora su horario laboral y mantenerlo en turnos de mañana. La residencia respondió proponiendo alternativas y ofreciendo un período de negociación, lo cual fue considerado en la sentencia como un indicio de voluntad negociadora por parte de la empresa. La gerocultora acudió a los tribunales cuando la empresa calificó su petición como inviable.

Este fallo tiene implicaciones importantes en la interpretación del derecho a la conciliación laboral y familiar. La sentencia subraya que la adaptación de jornada no es un derecho absoluto, sino que debe ejercerse mediante un proceso de negociación real y efectivo. La diferencia con otros fallos previos, incluido un del Tribunal Supremo, reside en que en este caso se valoró positivamente la disposición de la empresa a negociar.

La decisión del TSJC refuerza el marco legal que exige a las empresas abrir un período negociador antes de denegar o aceptar solicitudes de adaptación de jornada. La normativa busca equilibrar el derecho de los trabajadores a conciliar su vida personal y familiar con la organización empresarial, evitando decisiones unilaterales. La sentencia también plantea que la voluntad de negociar debe ser tangible, no solo formal.

En un contexto político donde la regulación laboral ha sido objeto de debate, este fallo refuerza la importancia de la negociación como mecanismo para resolver solicitudes de adaptación laboral. La jurisprudencia apunta a que la ley no contempla respuestas inmediatas o negativas sin proceso previo, alineándose con las políticas de protección de derechos laborales y conciliación. La tendencia apunta a un mayor control judicial sobre las decisiones empresariales en estos ámbitos.

Mirando hacia el futuro, este fallo puede influir en futuras interpretaciones judiciales y en la práctica empresarial. La jurisprudencia parece orientada a fortalecer el proceso negociador, lo cual puede generar mayor seguridad jurídica y promover un diálogo efectivo entre empleados y empleadores en cuestiones de conciliación.

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