• lunes 20 de marzo del 2023

La Audiencia de Cantabria repudia liquidar la pena a 2 condenados a 15 años por violación

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Escoge sostener la pena máxima, que con la novedosa ley del 'solo sí es sí' como con la previo es de 15 años

SANTANDER, 16 Feb.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rechazado liquidar la pena de 15 años de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a 2 condenados por violación en el año 2014.

En un coche de este 14 de febrero, al que tuvo ingreso Europa Press, la Audiencia desecha la solicitud de revisión de penas que hicieron sus 2 defensas basado en la app de la novedosa ley del 'solo sí es sí'.

Como dan a conocer los jueces, las penas que podían imponerse a los condenados por los hechos que cometieron fluctuaban según la previo redacción del Código Penal entre los 13 años y 6 meses y los 15 años de prisión, y de conformidad con la ley de hoy van de los 11 años y un día a los 15 años. Es por este motivo que, como ocurrió la vez previo, eligen "por congruencia y seguridad jurídica" por sostener la pena máxima.

"El Tribunal Supremo en el momento en que dicta sentencia no valora ninguna
situación que deje sopesar las penas, y a pesar de que podría haberse impuesto una lástima inferior, escoge [...] dada la gravedad de los hechos, imponer la pena máxima sin ningún género de modulación".

"Por congruencia y seguridad jurídica, si tampoco en estos instantes cambiaron las situaciones y de esa resolución no está justificación alguna para liquidar esa pena máxima, ya que, con la novedosa regulación, la pena a imponer asimismo como máximo puede ser de 15 años, no está razón alguna para achicar exactamente la misma", apunta el coche, contra el que cabe recurso de apelación frente al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).

Estos procesados fueron condenados primero en 2013 por la Audiencia Provincial a 13 años de prisión, y más tarde, tras enseñar sendos elementos y llegar al Tribunal Supremo, éste elevó sus penas a 15 años.

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