• domingo 2 de abril del 2023

Prosigue el desarrollo contra el alcalde de Ribamontán al Monte y cinco ediles de PRC y PSOE por prevaricación o malversación

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SANTANDER, 30 Jul.

El juez de Primera Instancia y también Instrucción Número 2 de Santoña, Carlos Miguel Arcay, ha procesado al alcalde de Ribamontán al Monte, el regionalista Joaquín Arco, y a cinco concejales de la Corporación del PRC y PSOE (4 de ellos en activo) por supuestos delitos de prevaricación administrativa o malversación de fondos públicos por teóricos pagos irregulares en 2016 y 2017 por importe próximo a los 20.000 euros.

En un coche de este juzgado, fechado el 25 de julio y al que ha accedido Europa Press, recuerda seguir el desarrollo abierto contra el alcalde, Joaquín Arco; y los concejales Jesús García Fuente (PSOE); Lidia Ruiz Llanos (PRC) --que dimitió--; Raúl Fermín Ruiz Sánchez (PRC); Fernando González Mazas (PRC), y Mercedes Fernández Pérez (PRC), contra los que el juez ve "rastros racionales de criminalidad" por haber votado todos ellos en pos de resoluciones administrativas irregulares, "con pleno conocimiento de que eran irregulares".

Y es que, según se apunta en el coche del juez instructor, "en todos y cada uno de los casos, constan observaciones verbales y escritas, absolutamente basadas", por la parte de la interventora municipal, en relación al "fallo de efectuar estas aprobaciones".

Los reparos hechos por la interventora "fueron levantados por estas personas sin haber remediado las deficiencias de las que se habían alertado".

Además, sabiendo que estos pactos irregulares han supuesto aprobación de gasto público, y por consiguiente, perjuicio económico a las arcas públicas, se estarían comentiendo, a juicio del juez, un delito de malversación de fondos públicos.

En el coche, se apunta que la "primordial compromiso por estos sucesos", denunciados por el PP, correspondería al alcalde, más allá de que el resto de ediles investigados en este trámite votaron en pos del alzamiento de los reparos".

Según el coche, con carácter general, como rastro de la comisión de las irregularidades administrativas susceptibles de constituir estos delitos, se apunta la declaración en sede judicial del propio alcalde, que "reconoció haber cometido ciertas irregularidades, más allá de que las justificó en que, tanto dicho municipio como otros, habían actuado de esa forma anteriormente, lo que cree que le permite para perpetuar estas prácticas ilegales y, probablemente delictivas".

"Bien difícil razonamiento mucho más conveniente para la continuación de este trámite vamos a encontrar que nuestro reconocimiento de hechos, anteriores las observaciones de la interventora municipal, por la parte del investigados, logramos hallar en un caso así, más allá de que la confesión, por sí misma, no basta para la determinación de compromiso civil", apunta el juez en el coche.

Por ello, el juez acuerda en el coche la continuación tramitación de las presentes diligencias anteriores por los trámites de trámite abreviado por si acaso los hechos investigados al alcalde y estos cinco ediles fuesen constitutivos de un presunto delito de prevaricación administrativa y malversación de fondos públicos.

En el coche, recuerda ofrecer traslado de las diligencias anteriores al Ministerio Fiscal y a las acusaciones presentadas a fin de que, en el período de diez días, pidan la apertura del juicio oral elaborando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, extraordinariamente, la práctica de diligencias complementarias que tengan en cuenta indispensables para elaborar la acusación. Contra esta resolución, cabe interponer recurso.

En la instrucción de esta causa se tomó declaración a los investigados y a otras 2 personas, más allá de que los cinco concejales del PRC y PSOE de Ribamontán al Monte se acogieron a su derecho a no declarar el mes pasado de junio, en el momento en que fueron convocados frente al juez de Santoña.

Todos los investigados, salvo Lidia Ruiz, prosiguen formando una parte del aparato de Gobierno.

El alcalde solicitó que se dejase sin efecto la toma de declaración de los concejales de PRC y PSOE, más allá de que la Audiencia Provincial en un coche lo acreditó, desestimando el recurso de apelación interpuesto por el regidor contra una providencia y un coche dictados los pasados meses de diciembre y enero por el Juzgado de Primera Instancia y también Instrucción número 2 de Santoña en los que se acordaba y sostenía la toma de declaración de los investigados, y que se afirman en su integridad.

En esa resolución, la Audiencia acreditó la práctica de las afirmaciones -que el alcalde pretendía dejar sin efecto aduciendo que había pasado el período predeterminado en la Ley de Enjuciamiento Criminal-, pues aparte de una diligencia de investigación forma asimismo un acto del derecho de defensa de los procesados.

La demanda se refiere al pago de 4 facturas, de las que 2 corresponden al abono de prácticamente 4.000 euros en término de honorarios a abogados para la defensa del alcalde, la teniente de alcalde y una extrabajadora en un trámite penal.

Las otras 2 tienen relación con el pago de 7.260 euros a una asesoría jurídica por un informe de expropiación forzosa, en el momento en que esa evaluación ahora había sido efectuada por la jurídico municipal, y al pago de 8.000 euros a una asesora por un trabajo relacionado con los cargos laborales del Municipio.

Además, asimismo hay reparos de la interventora con relación al cambio de puesto de la organizadora del Centro de Comunicaciones y de la contratación del aparejador municipal, de la letrada municipal y del servicio informático sin continuar el trámite.

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