
El pasado 16 de abril, la Audiencia Provincial de Cantabria dictó sentencia en un caso alarmante que pone de manifiesto la vulnerabilidad de los ancianos ante el abuso de confianza. Un exdirector de una sucursal bancaria fue condenado a dos años de prisión y a pagar una multa de 1.800 euros por haber engañado a una cliente de 89 años, quien ya había fallecido, para acceder sin su consentimiento a sus cuentas y transferir un total de 49.910 euros a su propia cuenta.
La Sección Tercera de la AP determinó que el acusado cometió un delito de estafa agravada. La información sobre la sentencia fue divulgada este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), la cual es susceptible de apelación ante la Sala de lo Penal del mismo tribunal.
El tribunal destacó que, al ser convocado para declarar, el acusado mostró cierto grado de remordimiento al consignar 50.000 euros en el juzgado con el objetivo de reembolsar el monto sustraído al patrimonio heredado de la anciana, lo que se consideró una circunstancia atenuante en su contra.
Los hechos fueron esclarecidos en la sentencia, que revela cómo el exdirector se aprovechó de la confianza que había construido con la anciana durante su tiempo como director de la sucursal bancaria donde ella era cliente. Utilizando esta relación de confianza, logró persuadir a la mujer para que le permitiera acceder a sus cuentas bancarias.
Tras obtener la autorización, el acusado utilizó los servicios de banca en línea, que la anciana no sabía manejar, para realizar cuatro transferencias fraudulentas a su propia cuenta, por montos de 10.000, 20.000, 19.000 y 910 euros, todo ello sin que la mujer tuviera conocimiento de sus intenciones.
El fraude no salió a la luz hasta dos años después, cuando los nietos de la víctima denunciaron la situación después de descubrir los traspasos. La anciana falleció poco después de este descubrimiento.
La Audiencia Provincial sustentó su fallo en pruebas documentales que demostraron tanto la apertura de las cuentas como los flujos de dinero entre ellas y la cuenta del acusado. También desestimó la defensa del exdirector, quien reconoció haber realizado las transferencias, pero intentó justificarlas alegando que actuaba bajo las instrucciones de la anciana.
El tribunal subrayó que las declaraciones del procesado durante el juicio eran inconsistentes. Por ejemplo, cambió su relato sobre la naturaleza de su relación con la mujer, alternando entre decir que la visitaba semanalmente y luego que la llamaba diariamente, pero sin saber que ella había requerido atención especializada tras una caída.
Al final, el acusado admitió que se enteró del fallecimiento de la mujer por medio de su abogado, pero una sobrina de la víctima testificó que ella le había mencionado su muerte meses antes.
El tribunal concluyó que las versiones del acusado carecían de credibilidad. En realidad, había aprovechado la profunda confianza que la anciana tenía en él, así como su propia posición de autoridad como exdirector del banco, para desviar a su favor casi 50.000 euros que pertenecían en exclusiva a la mujer.
El fallo estipula que el modo de operar del acusado, al utilizar la banca online y actuar a espaldas de la anciana, evidenció un abuso de su confianza y de su credibilidad profesional, lo que justifica la calificación del delito de estafa agravada. Este caso no solo resalta la importancia de proteger a los más vulnerables, sino que también sirve como advertencia sobre los peligros que acechan a los ancianos en el contexto de una sociedad cada vez más centrada en la tecnología.
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