Crónica Cantabria.

Crónica Cantabria.

La defensa del conductor del fatal atropello en la S-20 solicita su internamiento en un psiquiátrico, pero la petición es rechazada.

La defensa del conductor del fatal atropello en la S-20 solicita su internamiento en un psiquiátrico, pero la petición es rechazada.

Recientemente, la justicia ha tomado una decisión firme en el caso de E.M.G., quien está siendo investigado por el trágico atropello que tuvo lugar en la S-20 en Santander la semana pasada. El individuo ha sido enviado al centro penitenciario de El Dueso, a pesar de que su defensa solicitó su traslado a un centro psiquiátrico alegando una posible anomalía o alteración psíquica. Sin embargo, el juez instruccional desestimó esta solicitud, reafirmando la importancia de priorizar la seguridad de las víctimas.

El juez que lleva el caso, Luis Enrique García Delgado, dictó una orden de prisión provisional, decretando que E.M.G. debe permanecer bajo custodia sin posibilidad de fianza. En su resolución, el magistrado aseguró que, al haberse cometido un delito, es fundamental proteger a las víctimas y que corresponde al órgano judicial decidir sobre cualquier medida de seguridad relacionada con el internamiento por cuestiones de salud mental, según lo estipulado en el Código Penal.

García Delgado resaltó que, en esta fase del proceso, la única opción viable es la prisión preventiva para E.M.G., de 28 años de edad. A pesar de las preocupaciones expresadas por su defensa respecto a su salud mental, el juez apuntó que el abogado no pudo precisar la naturaleza de la enfermedad, lo que, combinado con el potencial abuso de sustancias, que lamentablemente es común en los centros penitenciarios, hizo que la decisión se inclinara hacia la detención en lugar de una alternativa menos severa.

El juez fundamentó su decisión en tres requisitos legales necesarios para el ingreso en prisión preventiva: la existencia de indicios de culpabilidad, una pena superior a dos años y el riesgo de fuga. Con información contenida en las pruebas, que incluyen el testimonio de un testigo que observó a E.M.G. conduciendo de manera errática y posteriormente huyendo de la escena, el juez consideró que había suficiente base para establecer su responsabilidad criminal.

Se dio a conocer que el investigado no poseía un permiso de conducir válido, además de tener antecedentes penales previos por conducir sin licencia. Además, al realizarle las pruebas pertinentes, dio positivo en alcohol y drogas, lo que aumenta la sospecha en su contra. El juez también advirtió sobre el riesgo de fuga, especialmente ante la elevada pena que podría enfrentarse, que se estima en unos diez años de prisión.

Por otro lado, la decisión de mantener a E.M.G. en prisión también es una medida para prevenir la posibilidad de que continúe cometiendo delitos, dado su historial que incluye cuatro antecedentes relacionados con la seguridad vial. Este contexto resalta su desprecio por las normativas de tráfico y su peligrosidad, exacerbada por su habitual consumo de sustancias nocivas.

Este caso se enmarca en una serie de delitos graves que enfrenta E.M.G., incluyendo homicidio imprudente, abandono del lugar del accidente, violaciones a la seguridad vial, hurto de vehículo y allanamiento. Los hechos son particularmente alarmantes, ya que esta persona no solo causó la muerte de una mujer de 72 años, sino que también estaba bajo la influencia de alcohol y drogas, carecía de licencia de conducir, utilizó un vehículo robado y estuvo involucrado en otros accidentes viales antes de cometer el atropello fatal. Después de huir de la escena, se escondió en una vivienda ajena, lo que añade un componente adicional a su situación legal.