
El 13 de noviembre, en Santander, se ha hecho pública la resolución de la Audiencia Provincial de Cantabria que ha dictado una condena de cinco años de prisión para un hombre que fue hallado culpable de abusar sexualmente de la hija de su pareja, un ilícito que tuvo lugar cuando la menor contaba con apenas catorce años.
La sentencia, que aún no es definitiva y puede ser objeto de un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, clasifica la conducta del condenado como un delito continuado de abuso sexual de menor de dieciséis años.
Además de la pena de privación de libertad, el tribunal ha aplicado medidas complementarias, incluyendo un periodo de libertad vigilada una vez cumplida la condena, la prohibición de contacto y acercamiento a la víctima durante un lapso de siete años, y la inhabilitación para ejercer cualquier actividad laboral que implique la interacción con menores durante un tiempo similar.
La Audiencia también ha estipulado que el condenado deberá indemnizar a la joven con 8.000 euros, destinados a reparar el daño emocional y psicológico que la menor ha sufrido como resultado de los abusos, lo que le ha llevado a requerir apoyo terapéutico.
Según los detalles expuestos en la sentencia, el suegro de la menor convivía con ella, pues mantenía una relación matrimonial con su madre. Se detalla que, con el objetivo de satisfacer sus instintos sexuales, el acusado accedía al dormitorio de la menor en múltiples ocasiones entre 2020 y 2022, cuando ella se encontraba dormida, y procedía a tocarla por encima del pijama.
El documento judicial señala que, tras iniciar el contacto, el acusado intentaba elevar su mano por la pierna de la menor, y que ella, al sentirse amenazada, detenía su mano, impidiendo que avanzara hacia otras partes de su cuerpo.
La resolución judicial también menciona que el condenado abusaba de su posición como padrastro para llevar a cabo estos actos. En varias ocasiones, cuando la menor conseguía apartar su mano o empujarlo, él le manifestaba que si hablaba con su madre, las cosas no irían bien, además de sugerir que los abusos debían permanecer en secreto.
La adolescente finalmente se sintió lo suficientemente fuerte como para compartir su experiencia con una amiga y, posteriormente, con una profesora, lo que desencadenó el protocolo de protección y resultó en su salida del hogar familiar.
La Audiencia ha encontrado evidencia sólida que respalda la versión de los hechos presentada por la víctima, analizando múltiples testimonios recabados durante el juicio. Los magistrados consideran que los relatos de la menor no sólo son consistentes, sino que presentan continuidad sobre los abusos sufridos.
Los jueces han destacado que no ha habido evidencias de que las declaraciones de la menor fueran una simple repetición de un guion previamente aprendido, encontrando en cambio una presentación auténtica que refleja miedo y vergüenza, indicando un deseo de terminar con la angustia vivida.
A pesar de la falta de corroboración externa contundente, hay varios profesionales que han confirmado haber tenido conocimiento de los abusos, brindando soporte a la justificación de la menor.
Del mismo modo, el acusado ha rechazado los cargos en su contra, pero su defensa no aporta pruebas suficientes que desvirtúen la posibilidad de que los hechos realmente hayan tenido lugar. La esposa y madre de la víctima también ha declarado, pero su testimonio no confirma la versión de su hija, dado que no fue testigo directo de los abusos, lo cual puede generar un contexto de duda en su relación con el acusado.
En conclusión, la Audiencia ha determinado que los abusos perpetrados por el imputado sobre la hija de su pareja son hechos claros y certeros. La resolución manifiesta que la falta de acceso a zonas más íntimas del cuerpo de la menor se debe a la resistencia que ésta mostró ante los actos del acusado.
En consecuencia, los magistrados consideran que las acciones del condenado revelan un deseo lascivo de obtener gratificación sexual, lo cual fue obstaculizado por la firme determinación de la víctima de defenderse de tales intentos.
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