Hombre estafador recibe condena de dos años por engañar a persona con discapacidad y aprovecharse de su dinero en un supuesto servicio espiritual.

Hombre estafador recibe condena de dos años por engañar a persona con discapacidad y aprovecharse de su dinero en un supuesto servicio espiritual.

SANTANDER, 20 Jul.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena a dos años de prisión a un hombre por engañar a otro con una deficiencia intelectual para que le entregara 14.500 euros. El acusado prometió realizar una limpieza del alma y resolver así los problemas familiares de la víctima.

La Sección Primera de la Audiencia señala en su sentencia que el acusado aprovechó su posición dominante intelectualmente sobre la víctima, quien tenía una deficiencia intelectual y era altamente crédula. El acusado creó una necesidad falsa y propuso un remedio inexistente a cambio de grandes cantidades de dinero.

El recurso de apelación presentado por el condenado contra la resolución del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander ha sido desestimado. El acusado fue considerado autor de un delito continuado de estafa. Además de la pena de prisión, deberá indemnizar al perjudicado con 9.500 euros, la cantidad que todavía no ha sido recuperada.

Según los hechos probados, el acusado ideó un plan en el cual hizo creer a la víctima que existía una persona llamada "el francés" que podría realizarle una limpieza del alma y resolver problemas familiares a cambio de dinero. El acusado actuó como intermediario en este engaño.

Entre marzo y mayo de 2020, la víctima realizó varias transferencias bancarias al acusado y realizó pagos a través de Bizum, sumando un total de 14.500 euros. Sin embargo, la víctima no recibió nada a cambio.

El acusado devolvió 5.000 euros una vez que la víctima comenzó a sospechar que estaba siendo engañada al creer que algo extraño ocurría con "el francés".

La Audiencia confirma que el acusado es autor de un delito continuado de estafa, ya que engañó a la víctima haciéndole creer en la intervención de alguien inexistente que realizaba actos de ocultismo y sanación para eliminar supuestos espíritus, por consejo del acusado.

La sentencia concluye que los hechos descritos constituyen una actividad engañosa con fines defraudatorios, en la que se abusó de la credulidad de la víctima debido a sus condiciones, resultando en una cantidad importante de dinero obtenida por el acusado.

La sentencia de la Audiencia no es definitiva y se puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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Cantabria