El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que afectará a unos 70 empleados de Sniace y aumentará las indemnizaciones por despido en un 47%. Esto después de que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) deba calcular las indemnizaciones basándose en el salario mínimo interprofesional (SMI) de 2020 en lugar de 2013.
El TS ha dictaminado que el cálculo debe basarse en el momento en que se emitió el certificado de deuda por parte de la administración concursal de Sniace en 2020, no cuando la empresa comunicó los despidos en 2013. Este criterio se aplicará a las demandas pendientes de los trabajadores en los Juzgados de lo Social de Santander.
El Supremo ha desestimado el recurso presentado por Fogasa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, estableciendo que el cálculo de la indemnización se debe hacer con el salario mínimo de 2020. La sentencia reconoce el derecho de los trabajadores y condena en costas a Fogasa.
El sindicato USO celebra la sentencia que crea jurisprudencia y destaca que los trabajadores recibirán la indemnización total 11 años después de ser despedidos. La sentencia también valida el fallo del TSJ de Cantabria sobre el de Madrid, que había sentenciado en sentido contrario.
Según USO, esta sentencia permitirá a un trabajador despedido de Sniace cobrar una indemnización de 26.937 euros en lugar de 18.282 euros. Sin embargo, el sindicato lamenta que más de 500 trabajadores de Sniace no se beneficien de esta sentencia debido a un asesoramiento sindical y jurídico deficiente, lo que les impide recibir más de 2 millones de euros en indemnizaciones.
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