
Un reciente fallo del Tribunal Supremo de España ha sentenciado a un hombre a un año de prisión por acosar y someter a su expareja a un chantaje emocional severo. Esta resolución describe cómo el individuo no solo envió múltiples mensajes y cartas, sino que también intentó manipular a su exnovia psicológicamente, haciéndole sentir que no cesaría en su empeño hasta que regresara a su lado.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ha impuesto además una prohibición de acercamiento, que se extiende por tres años, así como cualquier forma de comunicación entre ambos, considerando que sus acciones constituyen un claro caso de acoso. La magistrada Susana Polo, encargada de la ponencia, expone en la sentencia que el condenado intentó también responsabilizar a la mujer por su propia vida, amenazando con suicidarse en su jardín.
Según la sentencia, el hombre llegó a expresar en un momento de crisis que su vida no tenía sentido y que no sabía cómo seguir adelante. Fue encontrado en una posición comprometida en el jardín de la mujer, lo que llevó a su evacuación a un centro hospitalario. Esta serie de comportamientos, acompañados de constantes mensajes y cartas, provocaron un significativo estado de temor en la víctima, alterando de manera drástica su rutina diaria y forzándola a buscar tratamiento psicológico.
El Tribunal Supremo rechaza la idea de que se tratara solo de "una conducta molesta", indicando que las acciones del condenado eran capaces de modificar profundamente la vida y la tranquilidad de la mujer, afectando todos los aspectos de su vida personal, laboral e interpersonal. La sentencia subraya que la mujer sufrió un impacto emocional considerable, sintiendo miedo no solo por su propia seguridad, sino también por la de su entorno.
El fallo reitera que la expareja estaba sometida a una manipulación emocional, caracterizada por el uso del miedo, la culpa y la obligación para controlar a la víctima. Esta práctica no es solo dañina, sino que también refleja una estrategia deliberada del agresor para mantener el dominio sobre la mujer.
En 2021, un tribunal de primera instancia ya había condenado al hombre por acoso; sin embargo, al apelar, la Audiencia Provincial de Santander le absolvió. Fue la mujer quien llevó el caso al Tribunal Supremo, el cual ahora respalda su posición y reafirma que este tipo de acoso va más allá de malestar ocasional, buscando establecer un control físico y psicológico que evidencia una clara intención de dominación por parte del acosador.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.