En Santander, el 15 de octubre, el exalcalde de Cartes y actual secretario de Organización del PSOE en Cantabria, Agustín Molleda, ha decidido emprender acciones judiciales. Esto lo hace con el propósito de combatir lo que él califica como una estrategia de desacreditación política orquestada en torno a una información que considera "falsa y manipulada". En el centro de la controversia se encuentra el proceso de estabilización que le permitió a él y a su hermana acceder a puestos permanentes en el ayuntamiento durante su gestión como alcalde.
Molleda, a través de sus redes sociales, ha expresado su apoyo a los empleados municipales, haciendo hincapié en aquellos que se han visto afectados por estas supuestas noticias engañosas. Reitera su confianza en el protocolo seguido para cumplir con la Ley de estabilidad del empleo público, que ha guiado el proceso por el cual logró su plaza en la administración local.
Defendiendo su actuación, Molleda subraya que los procesos de estabilización que ha llevado a cabo el Ayuntamiento de Cartes se alinean con prácticas habituales en todo Cantabria y el resto del país. Asegura que no existen irregularidades en este procedimiento, mencionando que tanto él como su hermana fueron evaluados en igualdad de condiciones junto a otros candidatos, y aclara que no formó parte de la mesa que determinó las plazas a cubrir.
El exalcalde puntualiza que su rol no le otorgaba poder decisional sobre qué plazas se debían ofertar o el tipo de concurso que se debía realizar, ya que tales decisiones están reguladas por leyes que trascienden la autoridad de un alcalde. Expone que, como alcalde, solo estaba cumpliendo con las obligaciones impuestas por la normativa vigente.
En un comunicado amplio, Molleda presenta una cronología que contrarresta las acusaciones en su contra, menciona que desde su incorporación al Ayuntamiento en 2005, fue ascendido a diferentes cargos hasta que en 2010 su relación laboral se volvió indefinida para él y otros 26 trabajadores tras una inspección del trabajo. Asimismo, detalla cómo su mandato alcaldicio comenzó en 2015, tras lo cual se encuentra en situación de "servicios especiales", lo que le imposibilita ocupar una gobernancia concreta.
Con la promulgación de la Ley 20/2021, todas las administraciones deben implementar ofertas de empleo público que regularicen los puestos ocupados durante más de tres años. Esta ley establece que los procesos de selección deben adaptarse a ciertos parámetros que no pueden ser ignorados, lo que limita la discrecionalidad de los alcaldes en estos trámites.
Molleda afirma que, como alcalde de Cartes, su obligación era convocar la oferta pública de empleo obligatoria, sin poder intervenir en los aspectos específicos que la rodean. En Cartes, las 26 plazas se ofertaron a través de concurso, cumpliendo la norma legal aplicable a los funcionarios que habían estado presentes de manera temporal desde antes de 2021.
El exregidor menciona que la oferta de empleo fue completamente pública y abierta a todos los interesados, asegurando la igualdad en el acceso a las posiciones disponibles. Las bases de los concursos se dirigieron a la Alcaldía, ejercida por él en ese momento, como representante de la entidad, sin que hubiera restricciones que limitaran la participación.
Otro aspecto que destaca es que todos los méritos a valorar fueron considerados bajo los criterios establecidos por la Secretaría de Estado de Función Pública, garantizando una evaluación coherente en todos los procesos de selección. En total, se llevaron a cabo siete procedimientos para cubrir 24 plazas de personal laboral, todos gestionados bajo la misma normativa.
El tribunal encargado de evaluar a los candidatos fue nombrado por la Alcaldía, asegurando que estuvo compuesto por personal municipal altamente calificado. Molleda alega que incluir miembros externos habría prolongado el proceso y incrementado los costos asociados.
Aunque ha sido objeto de críticas, Molleda sostiene que no tuvo ni la intención ni la capacidad de incidir en el concurso, ya que este se limitó a evaluar los méritos presentados en las solicitudes de manera justa y objetiva. En defensa de su gestión, explica que se abstuvo de dictar la resolución final en el expediente en cuestión, tarea que fue asignada a la primera teniente de alcalde.
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